Jota Archivo IPCE. Se trata del más extendido, diverso, dinamizado y reinterpretado de todos los géneros tradicionales que componen el variado mapa sonoro y musical de España. En la declaración, coordinada por el Ministerio de Cultura y Deporte, han participado todas las comunidades autónomas.

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, la declaración de la jota como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, contribuyendo así decisivamente a su salvaguarda como género tradicional.

El Real Decreto aprobado por el Gobierno supone el paso definitivo de protección, después de que el Ministerio de Cultura y Deporte, través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, iniciara el procedimiento el pasado 10 de abril, lo que ya implicó un reconocimiento y salvaguarda de esta práctica.

En la declaración, coordinada por el Ministerio de Cultura y Deporte, han participado todas las comunidades autónomas, siendo un ejemplo de colaboración entre las distintas administraciones.

La jota

La declaración de la jota como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial está justificada por tratarse del más extendido, diverso, dinamizado y reinterpretado de todos los géneros tradicionales que componen el variado mapa sonoro y musical de España. La jota hace referencia a un género tradicional muy popular de música, cante y baile desarrollado hasta el momento actual, con un patrón general en su base y una serie de particularidades y especificidades que hacen de ella una manifestación diversa, recreada y reinterpretada de forma constante y dinámica por las comunidades portadoras.

Dentro de los valores culturales que aporta la jota como género tradicional destaca su interiorización por parte de los individuos y las comunidades, formando parte de las expresiones populares en la práctica totalidad del territorio español y convirtiéndose en un potente elemento de cohesión social e identificación de sus señas de identidad.

La Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial establece que corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte, en colaboración con las comunidades autónomas, la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial mediante la Declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, además de regular el procedimiento de declaración.

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