El Ministerio de Cultura y Deporte ha reforzado notablemente su apoyo al sector de la música para paliar las consecuencias de la crisis provocada por la pandemia de la COVID-19. La dotación presupuestaria de las ayudas extraordinarias del INAEM destinadas al sector ha aumentado un 166% respecto a la convocatoria de 2019, hasta alcanzar un total de 16.553.482 euros, en aplicación del Real Decreto-Ley 17/2020 de 5 de mayo, que articuló medidas excepcionales de respaldo a un sector marcado por su fragilidad estructural.

Ayudas directas a festivales de música y salas de conciertos

De forma excepcional, el Ministerio de Cultura y Deporte ha concebido nuevas modalidades de ayudas orientadas específicamente a empresas privadas y fundaciones privadas productoras u organizadoras de conciertos.

Para dar respuesta a las entidades afectadas por el cierre de las actividades y por las restricciones impuestas por las autoridades sanitarias, estas nuevas ayudas están orientadas a atender los gastos estructurales de ciclos musicales propios en espacios escénicos y musicales, públicos o privados y los de las empresas gestoras de salas privadas de música en vivo que desarrollen programaciones musicales estables.

Asimismo, se ha reforzado la línea de ayudas a empresas privadas productoras u organizadoras de festivales de músicas actuales, contemplando además de los gastos de actividad, los de estructura.

Aumento de las cuantías máximas individuales

Además del aumento de la inversión en ayudas, entre las medidas adoptadas en favor del sector de la música también destaca el aumento de las cuantías asignables. Los límites de cuantía máxima individual pasan del 65% al 90% del coste total del proyecto, actividad o estructura (excepto en las modalidades A3 y B3, las ayudas a entidades públicas, que se mantienen en el 65%).

Menos requisitos territoriales

También se adecuan las modalidades y requisitos. Desaparecen o se rebajan los requisitos territoriales de la actividad que se venían solicitando para poder concurrir a la convocatoria (un mínimo de 6 funciones fuera de su comunidad de origen para las formaciones en gira y un número mínimo de compañías extracomunitarios para los festivales). La convocatoria habitual incluye 9 nuevas modalidades de ayudas que sustituyen a las de años anteriores y se crea una excepcional concebida especialmente para dar respuesta a las reivindicaciones de los sectores durante el estado de alarma, contemplando los gastos estructurales además de los derivados de la propia actividad.

Más gastos subvencionables

Asimismo, se modifican los gastos subvencionables, por lo que se pueden incluir como costes directos tanto los costes variables como los costes de estructura. Se aceptan como gastos directos subvencionables las cuotas de autónomos de la Seguridad Social de los socios o miembros de la entidad jurídica beneficiaria de la subvención. Y se admiten gastos en los que el peticionario pueda incurrir para el cumplimiento estricto de las medidas sanitarias y de prevención en la fecha de realización de la actividad como consecuencia de la COVID-19.

Aunque las ayudas se restringen a actividades realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, para adecuar la convocatoria a la realidad del mercado y favorecer que las funciones no realizadas puedan posponerse y reprogramarse, se extiende el plazo de realización de la actividad subvencionada hasta el 31 de marzo de 2021 en algunas modalidades.

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