En relación al informe, no vinculante, presentado por la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Padawan, Verica Trstenjan, el Ministerio de Cultura insta a todas las partes a esperar a la próxima decisión del TJUE. El Ministerio considera que esta sentencia será útil para clarificar el régimen de aplicación de la Directiva sobre derechos de autor y derechos afines en la Sociedad de la Información.

En este sentido, se recuerda que la compensación por copia privada nace como consecuencia de la aplicación de un límite a los derechos de propiedad intelectual, tal como dispone la mencionada Directiva  2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo que armoniza en la UE los derechos de autor y derechos afines.

Directiva europea
La Directiva permite a los Estados miembros establecer límites a los derechos de Propiedad Intelectual legalizando la copia privada, opción utilizada por la enorme mayoría de los Estados miembros de la UE  con la excepción de Reino Unido e Irlanda.

Los Estados miembros que permiten realizar legalmente, para uso privado, copias de obras protegidas, están obligados también por la Directiva a establecer un sistema por el que los titulares de los derechos de propiedad intelectual reciban una compensación equitativa.

Por esta razón, los Estados miembros que permiten la copia privada (Alemania, Francia, Italia, España…) han desarrollado sistemas de compensación equitativa similares, dentro del margen de actuación que permite la Directiva.

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